En la Notaría Bosch de Barcelona formalizamos contratos de arras con todas las garantías jurídicas que una operación inmobiliaria exige. Nuestra intervención como notarios permite verificar la situación real del inmueble, asesorar a las partes sobre la modalidad de arras más adecuada y documentar la entrega de la señal con plena fuerza probatoria.

Si desea conocer en detalle qué es un contrato de arras, qué tipos existen y qué particularidades tiene la regulación catalana, consulte nuestra guía completa sobre el contrato de arras 2026. En esta página nos centramos en lo que nuestro despacho puede hacer por usted.

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Qué incluye la formalización de arras en nuestra notaría

Cuando un cliente acude a nuestro despacho para formalizar un contrato de arras, el servicio que ofrecemos va mucho más allá de la simple firma de un documento. El notario Antonio Bosch y su equipo intervienen en cada fase del proceso para garantizar que la operación se realiza con total seguridad.

En primer lugar, realizamos un estudio previo de la documentación del inmueble. Solicitamos y analizamos la nota simple actualizada del Registro de la Propiedad para comprobar que la finca está libre de cargas, embargos o limitaciones que puedan afectar a la compraventa. Verificamos la titularidad del vendedor, la situación urbanística del bien y la existencia de posibles arrendamientos u ocupaciones. Este análisis previo permite detectar problemas antes de que el comprador entregue cualquier cantidad de dinero, algo que un documento privado entre particulares no puede ofrecer.

A continuación, asesoramos a ambas partes sobre la modalidad de arras más conveniente en función de las circunstancias de la operación. No todas las compraventas requieren el mismo tipo de arras: si el comprador depende de financiación hipotecaria, si la operación involucra a ciudadanos extranjeros, si existe un plazo ajustado para escriturar o si hay condiciones suspensivas que deban reflejarse, cada situación exige un enfoque específico. Nuestro
asesoramiento es imparcial y tiene en cuenta los intereses legítimos de ambas partes.

Finalmente, redactamos el contrato adaptado a la operación concreta. El documento resultante es una escritura pública con fuerza ejecutiva, lo que significa que en caso de incumplimiento puede hacerse valer directamente ante los tribunales sin necesidad de un proceso declarativo previo. Cada cláusula se explica con claridad a los firmantes antes de la firma, de forma que comprador y vendedor otorgan su consentimiento con pleno conocimiento de sus derechos y obligaciones.

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El depósito notarial de arras en Cataluña: seguridad y ventaja fiscal

Una de las opciones que ofrecemos a nuestros clientes es el depósito notarial de las cantidades entregadas en concepto de arras. Este mecanismo permite que el dinero de la señal quede custodiado por el notario hasta el momento de la firma de la escritura de compraventa, en lugar de entregarse directamente al vendedor. Es una garantía adicional especialmente valorada en operaciones de importe elevado o cuando las partes no se conocen previamente.

Desde la entrada en vigor de la Ley 5/2020 de la Generalitat de Cataluña, las escrituras públicas que formalicen depósitos de arras penitenciales conforme al artículo 621-8 del Código Civil catalán gozan de una bonificación del 100% en la cuota del impuesto de actos jurídicos documentados. Esto significa que formalizar el depósito de arras ante notario en Cataluña no tiene coste fiscal para las partes, una ventaja que elimina la única barrera económica que podía
desincentivar esta fórmula de protección.

La bonificación se extiende también a los documentos notariales necesarios para la cancelación de las arras si finalmente la operación no se lleva a cabo. En nuestra notaría gestionamos el depósito completo, desde la formalización inicial hasta su aplicación al precio de la compraventa o su devolución si procede.

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Arras en operaciones de compraventa con ciudadanos extranjeros

Nuestro despacho tiene una dilatada experiencia en compraventas internacionales, especialmente con ciudadanos italianos, franceses y anglosajones que adquieren inmuebles en Barcelona. En estas operaciones, la formalización del contrato de arras ante notario resulta particularmente importante, ya que añade una capa de seguridad que un documento privado redactado a distancia no puede garantizar.

El notario Antonio Bosch domina cinco idiomas —español, catalán, francés, inglés e italiano—, lo que permite asesorar a las partes extranjeras directamente en su idioma y asegurar que comprenden todas las cláusulas del contrato. Además, verificamos la validez de los poderes otorgados en el extranjero cuando una de las partes no puede estar presente en la firma, comprobamos la documentación traducida y apostillada, y asesoramos sobre las cuestiones de derecho internacional privado que puedan afectar a la operación.

Documentación que debe aportar para formalizar el contrato de arras

Para agilizar el proceso y poder ofrecerle un asesoramiento completo desde la primera cita, le recomendamos aportar la siguiente documentación: el documento de identidad de comprador y vendedor (DNI, NIE o pasaporte), la referencia catastral y la dirección exacta del inmueble, el título de propiedad del vendedor o, en su defecto, los datos registrales de la finca, el último recibo del IBI, el certificado de eficiencia energética vigente, y cualquier documentación relativa a la financiación prevista si el comprador va a solicitar una hipoteca. Si la operación involucra a ciudadanos extranjeros, conviene aportar también el NIE y, en su caso, el poder notarial si se actúa mediante representante.

Nuestro equipo revisará esta documentación con antelación a la cita de firma, solicitará la nota simple actualizada del Registro y le informará si es necesario algún documento o trámite adicional antes de proceder a la formalización.

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Contratos de arras ant notario. Antonio Bosch

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