Firmar escrituras con DNI Digital

El avance tecnológico del documento de identidad electrónico en España introduce nuevas posibilidades para el otorgamiento de escrituras ante notario, ampliando las vías de identificación y firma en el ámbito notarial. Este artículo analiza cómo la versión del DNI digital permitirá, en un futuro próximo, formalizar escrituras mediante identificación electrónica, cuáles son los requisitos, los plazos de adaptación normativa y las implicaciones prácticas en la actuación del notario.

¿Para qué sirve la versión digital del DNI en el entorno notarial?

La versión digital del DNI (denominado “DNI Digital”), que complementa al soporte físico tradicional, habilita a los ciudadanos para acreditar su identidad mediante una aplicación en el teléfono móvil, con plena equivalencia jurídica. Este avance resulta especialmente relevante en el ámbito de las escrituras, pues el notario requiere acreditar fehacientemente la identidad de los otorgantes antes de formalizar el negocio jurídico.

Identificación de los otorgantes ante el notario

Cuando una persona acude a la notaría para firmar una escritura –por ejemplo, de compraventa, donación o aceptación de herencia– el notario debe verificar que el otorgante es quien dice ser, dispone de la capacidad necesaria y está legitimado para el acto. Tradicionalmente esta verificación se ha efectuado mediante la exhibición del DNI físico. Con la introducción del DNI Digital, esa prueba de identidad podrá efectuarse mediante la aplicación, manteniendo los mismos estándares de seguridad y autenticidad.

Plazos y condiciones para su implantación

El marco normativo que regula el DNI Digital establece un periodo de adaptación para las notarías y demás entidades que deben aceptar esta forma de identificación. Durante ese periodo, la notaría podrá seguir requiriendo el DNI físico. Transcurrido dicho plazo, se habilitará firmar de escrituras mediante identificación digital. En este sentido, se espera que a partir de la fecha prevista los ciudadanos puedan acudir a la notaría y utilizar exclusivamente el DNI Digital para la identificación y firma de su escritura.

Ventajas para el otorgamiento de escrituras

La adopción del DNI Digital en la formalización de escrituras aporta varias ventajas. En primer lugar, facilita la identificación de los otorgantes sin necesidad de portar la tarjeta física, favoreciendo la eficiencia en la gestión. En segundo lugar, permite una adaptación tecnológica del despacho notarial, que podrá integrar sistemas de verificación digital directa. En tercer lugar, esta modalidad incrementa la accesibilidad al servicio notarial, especialmente para ciudadanos con movilidad reducida o que residen fuera del lugar del otorgamiento, al facilitar trámites preparatorios previos de forma remota. Finalmente, fortalece la seguridad jurídica al mantener un alto nivel de garantía en la identificación y trazabilidad del acto.

Consideraciones prácticas y recomendaciones para los usuarios

Para que el uso del DNI Digital en el otorgamiento de escrituras sea efectivo, los ciudadanos deben:

  • Disponer de la versión digital activada en su teléfono móvil y vinculada a su identidad.

  • Verificar que el notario elegido está adaptado al sistema de verificación digital y acepta la modalidad.

  • Mantener actualizados los certificados electrónicos del DNI y cumplir con los requisitos técnicos exigidos.

  • Prever que durante el periodo de transición, la notaría puede solicitar aún el DNI físico, en caso de que no se haya completado la adaptación tecnológica.

Por su parte, el despacho notarial debe asegurar la interconexión adecuada, disponer de los protocolos de verificación digital y formar al personal en el nuevo procedimiento.

La incorporación del DNI Digital en el ámbito de las escrituras constituye un paso relevante hacia la modernización del acto notarial, sin renunciar a las garantías tradicionales de autenticidad, legalidad y seguridad. Una vez completado el periodo de adaptación normativa y tecnológica, los ciudadanos podrán identificarse y firmar escrituras ante notario únicamente mediante su dispositivo móvil, lo que representará una mayor comodidad, agilidad y accesibilidad en la formalización de negocios jurídicos.

Para conocer cómo el DNI Digital puede emplearse en la práctica notarial o resolver dudas sobre su uso en escrituras, puede consultar el enlace de más información. Allí encontrará una explicación detallada sobre los requisitos, procedimientos y ventajas que ofrece este sistema dentro de la actuación notarial.