En esta sección puede consultar los servicios de la notaría relacionados con temas de familia que se pueden realizar en nuestra Notaría de Barcelona y una breve descripción de las mismos.
Capitulaciones matrimoniales: documento en el que los cónyuges o futuros cónyuges, expresan sus interés patrimoniales y económicos, concretando así el régimen matrimonial en el que se quieren subsumir, susceptible de cambios siempre que las partes lo deseen. Para más información puede consultar nuestra sección monográfica de Capitulaciones Matrimoniales.
Unión de pareja estable: enlace extramatrimonial de dos personas que conviven juntas de forma regular y con ánimo de permanencia, pero a pesar de llevar una convivencia estable no produce efectos sobre las formalidades legales.
Convenio regular: documento en el cual se refleja las voluntades de los cónyuges que solicitan una separación o divorcio, y que pactan a mutuo acuerdo los efectos patrimoniales y personales de derivarán de su separación.
Tutelas. Designación de tutor: A través del testamento, se designa el nombramiento del tutor de los menores, o designación del tutor por otros documentos públicos.
Patrimonio protegido del discapacitado: Según la Ley 41/2003, las personas discapacitadas pueden ser titulares de bienes y derechos, siempre que exista un Administrador que vele por su patrimonio que se encontrará protegido, ya que solo se dispondrà de la utilización de este para la satisfacción de las necesidades del titular. Los poderes públicos se asegurarán del buen uso de este patrimonio.
Documento de voluntades anticipadas: También se conoce como Testamento Vital, es un documento que consta las voluntades de una persona sobre el destino de su cuerpo, llegada el día de su muerte o el tratamiento sanitario que desea recibir si padece una enfermedad grave cuyos efectos disminuyan la capacidad de razonamiento.
Matrimonios: el notario tiene plena potestad para celebrar uniones matrimoniales aportando la documentación necesaria, y previo trámite del expediente matrimonial en el Registro Civil.
Divorcios de mutuo acuerdo: potestad del notario para disolver el matrimonio, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la ley, con la finalidad de agilizar los trámites por ambas partes.
Formalización de parejas de hecho: escritura otorgada por el notario constata la unión estable entre dos personas que conviven de forma libre, pública y notoria, creando entre ambas partes de la relación la atribución de derechos y obligaciones.
Emancipaciones: la emancipación permite a los menores mayores de 16 años, tener capacidad sobre sus bienes y persona pero con algunas limitaciones. Permite el no efecto de la patria potestad sobre ellos y incurren en responsabilidad de sí mismos.