La herencia es un proceso legal que regula la transmisión de bienes, derechos y obligaciones tras el fallecimiento de una persona. Entender los principales conceptos de herencias resulta esencial para cualquier heredero o interesado en gestionar correctamente una sucesión. A continuación, se explican los conceptos de herencias más importantes como la plusvalía de herencia, sucesión intestada, herencia yacente, herencia legítima, entre otros.
Índice de contenidos
¿Qué es una herencia?
Una herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que una persona deja tras su muerte. Esta transmisión se realiza a través de testamento o, en ausencia de este, mediante una sucesión intestada. Los herederos pueden aceptar o renunciar a la herencia, lo que implica responsabilidades legales y fiscales.
Conceptos de herencia
Estos son algunos de los conceptos de herencia más destacados y que en este artículo vamos a definir en profundidad:
Plusvalía herencia
La plusvalía de la herencia es un impuesto municipal que deben pagar los herederos al recibir un bien inmueble, específicamente terrenos urbanos. Este tributo grava el incremento del valor del suelo desde que el difunto adquirió el inmueble hasta el momento de su transmisión mortis causa. Es importante destacar que no se grava el valor total de la propiedad, sino exclusivamente la revalorización del terreno. Los ayuntamientos aplican diferentes coeficientes y tipos impositivos para calcular la cuantía a pagar, por lo que el importe de la plusvalía puede variar considerablemente según la localidad.
En algunos casos, los herederos pueden solicitar exenciones o bonificaciones, especialmente si el inmueble era vivienda habitual. Además, si el valor del terreno no se ha incrementado, el contribuyente puede impugnar el pago del impuesto. Es fundamental calcular adecuadamente esta obligación fiscal para evitar sanciones y planificar correctamente el reparto de la herencia.
Sucesión intestada
La sucesión intestada tiene lugar cuando una persona fallece sin haber otorgado un testamento válido, también se usa el término ab-intestato. En ausencia de disposición testamentaria, es la ley quien determina quiénes son los herederos legítimos y en qué proporción deben repartirse los bienes. El orden de sucesión suele comenzar con los descendientes (hijos o nietos), seguido por ascendientes (padres o abuelos), el cónyuge sobreviviente, hermanos, sobrinos y, en último caso, el Estado.
La tramitación de una sucesión intestada exige la realización de un acta notarial de declaración de herederos abintestato, donde se identifican y reconocen oficialmente los derechos sucesorios de los llamados. Este procedimiento puede ser sencillo o complejo dependiendo del número de posibles herederos y de las circunstancias personales del fallecido. La falta de testamento puede provocar conflictos entre familiares, por lo que siempre se recomienda planificar la herencia anticipadamente para evitar disputas.
Reparto herencia
El reparto de herencia es el proceso mediante el cual se distribuyen los bienes, derechos y obligaciones del fallecido entre los herederos designados en el testamento o, en su ausencia, determinados por la ley. Esta partición puede realizarse de mutuo acuerdo, si los herederos alcanzan consensos, o mediante un procedimiento judicial si existen desacuerdos. En el reparto deben respetarse las cuotas legales, como las correspondientes a la legítima, y las disposiciones particulares del testador.
Habitualmente, los herederos elaboran un cuaderno particional donde se detallan los bienes, su valoración y su adjudicación a cada parte. A veces es necesaria la intervención de peritos tasadores para valorar inmuebles o empresas. Además, se deben liquidar los impuestos asociados, como el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal, antes de formalizar el reparto definitivo. Un reparto bien organizado garantiza una transición patrimonial ordenada y evita futuras reclamaciones judiciales.
Herencia yacente
La herencia yacente se refiere al estado provisional que existe desde el momento en que una persona fallece hasta que sus herederos aceptan o repudian la herencia. Durante este tiempo, los bienes, derechos y obligaciones del difunto no pertenecen a una persona física específica, sino que conforman una masa patrimonial indivisa. La herencia yacente tiene personalidad jurídica limitada para actuar en ciertos casos, como la defensa de los bienes o la representación en procedimientos legales.
Es importante proteger adecuadamente el patrimonio en este período para evitar pérdidas o deterioros. Los administradores de la herencia yacente, que pueden ser designados judicialmente o en el propio testamento, tienen el deber de conservar los bienes hasta que se formalice la aceptación o renuncia por parte de los herederos. Este concepto es crucial para garantizar la correcta transmisión del patrimonio sin interrupciones ni vacíos jurídicos.
Herencia legítima
La herencia legítima es aquella parte del patrimonio del fallecido que, por ley, debe ser destinada a determinados herederos forzosos, normalmente hijos, padres o el cónyuge viudo. El testador no puede disponer libremente de esta porción, salvo en supuestos excepcionales de desheredación justificada. La legítima protege los derechos de los miembros más cercanos de la familia, garantizando su participación en el reparto de la herencia. El porcentaje destinado a la legítima varía según la legislación autonómica aplicable, aunque generalmente ocupa dos tercios del caudal hereditario en derecho común.
Si el testador incumple las normas de la legítima en su testamento, los herederos forzosos pueden impugnar el documento ante los tribunales para reclamar su cuota. La legítima también puede pagarse en dinero o mediante adjudicación de bienes, dependiendo del acuerdo entre los herederos. Comprender este concepto es esencial para planificar adecuadamente una sucesión.
Herencia testada
La herencia testada se produce cuando el fallecido deja un testamento válido que refleja su voluntad sobre la distribución de su patrimonio. El testamento permite ordenar el destino de bienes, designar herederos y legatarios, establecer condiciones o crear fideicomisos. Sin embargo, debe respetar las disposiciones legales como las legítimas, evitando perjudicar a los herederos forzosos. Existen diferentes tipos de testamento (abierto, cerrado, ológrafo) y su validez requiere cumplir con ciertas formalidades legales.
Gracias a la herencia testada, se agilizan los trámites sucesorios, se minimizan los conflictos familiares y se optimiza la planificación fiscal. Es recomendable actualizar periódicamente el testamento para adaptarlo a cambios personales o patrimoniales. En caso de que haya disposiciones ambiguas o contradictorias, los herederos pueden solicitar la interpretación judicial del testamento. Una planificación testamentaria correcta facilita una transición patrimonial ordenada y conforme a los deseos del testador.
Aceptación y renuncia de herencia
Los herederos tienen el derecho de aceptar o renunciar a una herencia. La aceptación puede ser expresa, mediante una declaración formal ante notario, o tácita, cuando el heredero realiza actos que implican su voluntad de aceptar, como vender un bien hereditario. Aceptar la herencia significa asumir tanto los bienes como las deudas que forman parte del patrimonio del difunto, salvo que se haga «a beneficio de inventario», limitando la responsabilidad a los bienes heredados.
La renuncia de herencia debe formalizarse ante notario o judicialmente y supone rechazar íntegramente la sucesión, sin posibilidad de aceptar posteriormente. Muchas veces, la renuncia se realiza para evitar asumir deudas superiores al valor de los activos o por razones fiscales. Esta decisión debe meditarse cuidadosamente, ya que tiene consecuencias jurídicas y fiscales relevantes. Tanto la aceptación como la renuncia son actos irrevocables una vez realizados.
Partición de herencia
La partición de herencia es el procedimiento mediante el cual se asignan de forma individualizada los bienes hereditarios a cada uno de los herederos. Comienza una vez aceptada la herencia y puede efectuarse mediante acuerdo privado, partición notarial o resolución judicial. La partición requiere identificar todos los bienes y deudas, valorarlos correctamente y adjudicar los lotes a los herederos respetando las proporciones legales o testamentarias. Es habitual que se nombre un contador-partidor, especialmente si existen menores o incapacitados, para garantizar un reparto justo.
En el cuaderno particional se documenta todo el proceso de distribución. Además, se deben liquidar impuestos como el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal antes de la adjudicación definitiva. En caso de conflicto entre herederos, puede recurrirse a la partición judicial, donde un juez determinará el reparto conforme a la ley. Una partición clara evita futuros litigios y asegura la paz familiar.
Otros conceptos de herencias
Masa hereditaria
La masa hereditaria es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que forman parte de la herencia de una persona fallecida. Antes de repartir la herencia, es fundamental identificar y valorar correctamente todos los elementos que integran esta masa: inmuebles, cuentas bancarias, vehículos, acciones, deudas y cualquier otro derecho patrimonial. La masa hereditaria se utiliza para calcular la legítima de los herederos forzosos, así como para aplicar los impuestos de sucesiones y plusvalías.
Posteriormente, una vez deducidas las deudas y cargas, se reparte entre los herederos conforme al testamento o a la legislación vigente. Una correcta identificación de la masa hereditaria evita conflictos futuros entre herederos y garantiza que el reparto se realice conforme a derecho. Además, resulta esencial para determinar si una herencia es económicamente beneficiosa o conviene renunciar a ella por exceso de pasivos.
Herederos forzosos
Los herederos forzosos son aquellas personas a las que la ley reserva una parte determinada de la herencia del fallecido, conocida como legítima. Generalmente, los hijos, padres y el cónyuge viudo son considerados herederos forzosos. La existencia de herederos forzosos limita la libertad del testador a la hora de disponer de su patrimonio, ya que no puede privarlos de su parte legítima salvo en situaciones muy específicas de desheredación justificada.
Cada jurisdicción establece el porcentaje que corresponde a los herederos forzosos y regula cómo debe calcularse. Si en un testamento no se respeta la legítima, los herederos forzosos pueden impugnarlo judicialmente. Esta protección busca garantizar el bienestar económico de la familia más cercana y evitar situaciones de desamparo. Por ello, es esencial conocer quiénes son los herederos forzosos en cada caso al planificar una sucesión.
Impuesto de sucesiones
El impuesto de sucesiones es un tributo que grava la transmisión de bienes y derechos por herencia, legado o donación mortis causa. Cada comunidad autónoma en España regula su propio impuesto de sucesiones, estableciendo tipos impositivos, bonificaciones y reducciones diferentes. Así, dependiendo de la residencia del fallecido y del heredero, el importe del impuesto puede variar considerablemente.
Los herederos deben presentar una autoliquidación del impuesto en un plazo máximo de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable en determinados casos. Existen reducciones importantes para familiares directos y en transmisiones de vivienda habitual o empresas familiares. Una correcta planificación sucesoria puede optimizar la carga fiscal para los herederos. Además, el impuesto de sucesiones puede influir en la decisión de aceptar o renunciar a una herencia, sobre todo en patrimonios elevados o con baja liquidez.
Legado
El legado es una disposición testamentaria mediante la cual el testador asigna bienes concretos a determinadas personas, llamadas legatarios, sin que estas se conviertan en herederos. A diferencia de los herederos, que suceden al causante en su totalidad o en parte proporcional de su patrimonio, los legatarios reciben bienes específicos: una propiedad, una cantidad de dinero, una joya, etc. El legado puede hacerse a favor de personas físicas o jurídicas (por ejemplo, una fundación).
Los herederos son responsables de cumplir con los legados antes de repartirse la masa hereditaria restante. En ocasiones, el legado puede estar condicionado a cumplir ciertas obligaciones o a que el legatario sobreviva al testador. Entender bien la diferencia entre heredero y legatario es fundamental para gestionar correctamente una herencia, especialmente cuando el testador ha querido beneficiar a personas concretas fuera del reparto general de su patrimonio.
Testamento abierto
El testamento abierto es la forma más habitual de manifestar la voluntad sucesoria de una persona. Se otorga ante notario y queda registrado en el Registro General de Actos de Última Voluntad. El testamento abierto permite modificarlo tantas veces como el testador desee a lo largo de su vida. En este documento se designan los herederos, se reparten los bienes, se nombran albaceas o tutores para menores, y se establecen condiciones específicas.
El notario asesora al otorgante para asegurar que el contenido respeta las disposiciones legales, especialmente en materia de legítima. La existencia de un testamento abierto facilita enormemente los trámites de aceptación y partición de herencia, evitando controversias entre los herederos. Por ello, es altamente recomendable otorgar testamento, actualizándolo si se producen cambios relevantes en la vida personal o patrimonial del testador.

Equipo de profesionales de la Notaría Bosch de Barcelona.
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