
En un contexto de creciente movilidad internacional, cada vez más personas extranjeras residen en España de forma temporal o permanente. Entender los derechos que les asisten es fundamental tanto para quienes llegan al país como para sus familiares y empleadores. En este artículo, elaborado por el notario Antonio Bosch, abordamos con claridad los principales derechos y libertades de los que gozan los extranjeros en España, distinguiendo entre distintos niveles de protección y según su situación administrativa y nacionalidad.
Clasificación de Derechos (según el Tribunal Constitucional)
El Tribunal Constitucional español ha establecido una clasificación clara de los derechos que afectan a los extranjeros en nuestro país. Esta clasificación permite entender qué derechos son universales y cuáles pueden estar condicionados:
- Derechos que no pertenecen a los extranjeros: Se trata principalmente de derechos políticos, como el sufragio activo y pasivo (el derecho a votar y a ser elegido). Sin embargo, se permite el voto en elecciones municipales a nacionales de países con los que España tiene acuerdos de reciprocidad.
- Derechos que corresponden por igual a españoles y extranjeros: Son derechos fundamentales inherentes a la dignidad humana, por lo que no dependen de la nacionalidad. Incluyen el derecho a la vida, a la integridad física, a la intimidad personal y familiar, así como la libertad ideológica, religiosa y de culto.
- Derechos que pertenecen o no a los extranjeros según tratados y leyes: Aquí encontramos derechos cuyo ejercicio puede estar supeditado a la situación administrativa del extranjero (estancia, residencia legal, etc.). Incluyen el derecho al trabajo, a la seguridad social, a la libertad de circulación por el territorio español y a residir legalmente en él. Estos derechos pueden estar limitados o condicionados por la normativa vigente o por los acuerdos internacionales suscritos por España.
Derechos específicos reconocidos por la Ley Orgánica 4/2000
La Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (también conocida como Ley de Extranjería) reconoce una serie de derechos a todas las personas extranjeras, independientemente de su situación administrativa, es decir, tanto si se encuentran en situación regular como irregular:
- Derecho a la documentación: Todo extranjero tiene derecho a ser documentado por las autoridades competentes.
- Asistencia sanitaria: Se garantiza el acceso a la sanidad pública en condiciones que varían según la situación legal, pero siempre respetando el derecho a la salud como principio básico.
- Educación: La educación es obligatoria y gratuita hasta los 16 años. Además, los menores extranjeros tienen derecho a acceder a la educación en igualdad de condiciones que los españoles. Para la educación no obligatoria (bachillerato, formación profesional, etc.), pueden existir requisitos administrativos.
- Servicios sociales básicos: Los extranjeros tienen acceso a los servicios sociales esenciales, especialmente en casos de vulnerabilidad.
- Tutela judicial efectiva y asistencia jurídica gratuita: Toda persona tiene derecho a acudir a los tribunales y, si carece de recursos, a recibir defensa gratuita.
- Prohibición de discriminación: No se permite ninguna discriminación por razón de origen, etnia, religión, sexo u otra condición personal o social.
- Libertad personal y seguridad: Toda persona tiene derecho a no ser detenida arbitrariamente y a ser informada de sus derechos.
- Derecho a huelga y asociación: Los extranjeros pueden ejercer el derecho a huelga y a formar o adherirse a asociaciones, sindicatos u organizaciones sociales.
- Derecho de recurso contra actos administrativos: Cualquier extranjero puede recurrir decisiones que afecten a sus derechos o intereses ante la administración o los tribunales.
- Acceso a la información pública: Incluye el derecho a informarse sobre normativas, procedimientos administrativos y otros aspectos que le afecten.
Derechos laborales
Los derechos laborales varían en función de si el extranjero se encuentra en situación regular o irregular:
- Extranjeros en situación regular: Tienen derecho a trabajar con la debida autorización, y a afiliarse y cotizar en el sistema de Seguridad Social.
- Extranjeros en situación irregular: Aunque no pueden celebrar contratos laborales válidos, la jurisprudencia reconoce que tienen derecho a reclamar salarios y prestaciones derivadas de accidentes laborales o enfermedades profesionales, en caso de haber trabajado de facto.
Derechos económicos y sociales
En cuanto a los derechos económicos y sociales, cabe destacar:
- Asistencia sanitaria: Como se ha indicado, se reconoce el derecho a la protección de la salud, con un alcance que depende de la situación legal.
- Ayudas de vivienda: Algunos programas públicos de ayuda a la vivienda pueden estar disponibles para extranjeros con residencia legal en España.
- Acceso a prestaciones sociales: El acceso a las prestaciones de la Seguridad Social también depende de la situación legal y de las cotizaciones realizadas, aunque existen excepciones para situaciones de urgencia o necesidad.
Deberes de los extranjeros
La presencia en territorio español también comporta obligaciones:
- Obligaciones fiscales: Todos los extranjeros con residencia física habitual en España tienen el deber de contribuir al sostenimiento del gasto público, pagando los mismos impuestos que los ciudadanos españoles. Esto incluye el IRPF, el IVA y otros tributos aplicables.
Este texto ha sido elaborado por Antonio Bosch Carrera, notario en Barcelona, profesor universitario y mediador acreditado por el Centre de Mediació de Catalunya. Su amplia experiencia en derecho civil, sucesorio y patrimonial permite ofrecer un análisis claro y riguroso de cuestiones jurídicas que afectan tanto a nacionales como a ciudadanos extranjeros. Puede ampliar esta información o resolver sus dudas concretas mediante una consulta en la Notaría Bosch de Barcelona.
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Equipo de profesionales de la Notaría Bosch de Barcelona.
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