Acta de Herencia Ab Intestato

El acta de herencia ab intestato, o declaración de herederos ab intestato, es el documento notarial que determina quiénes son los herederos legales de una persona que ha fallecido sin testamento. Forma parte de nuestras actas notariales y resulta esencial para poder tramitar la herencia.

¿Qué es el acta de herencia ab intestato?

El acta de herencia ab intestato es una modalidad de acta de notoriedad que se otorga cuando una persona fallece sin haber dejado testamento. Su finalidad es declarar, conforme a la ley, quiénes tienen la condición de herederos.

El notario certifica la identidad de los herederos legales tras analizar la documentación pertinente y, cuando procede, las declaraciones de testigos que acreditan las circunstancias familiares del fallecido.

La normativa aplicable depende de la vecindad civil del causante: en unos casos se aplicará el Código Civil y en otros el derecho civil propio de la comunidad autónoma, como el derecho civil catalán, lo que conviene analizar en cada supuesto.

Una vez tramitada, la declaración de herederos permite acreditar quién está llamado a suceder y constituye la base para los trámites posteriores de la herencia.

¿Cuándo se necesita y para qué sirve?

Se necesita siempre que el fallecido no haya otorgado testamento, ya que en ese caso es la ley la que determina el orden de los herederos y resulta imprescindible declararlos formalmente.

La declaración de herederos es el paso previo a la aceptación y adjudicación de la herencia, así como a trámites como la inscripción de bienes inmuebles o la liquidación de los impuestos sucesorios.

Entre la documentación que habitualmente se aporta se encuentran:

  • El certificado de defunción del causante.
  • El certificado del Registro de Actos de Última Voluntad.
  • La documentación acreditativa del parentesco de los posibles herederos.

Analizada la documentación, el notario declara quiénes son los herederos conforme a la normativa aplicable.

Cómo le ayudamos en nuestra notaría

Le orientamos sobre el procedimiento y sobre la documentación necesaria, y tramitamos la declaración de herederos con el rigor que exige una materia tan sensible como la sucesoria.

Antes de otorgar el acta tenemos en cuenta los aspectos esenciales de la intervención:

  • La identidad de quien promueve la declaración y su interés legítimo en la herencia.
  • La normativa aplicable según la vecindad civil del causante.
  • La documentación que acredita el fallecimiento, la ausencia de testamento y el parentesco.

Atendemos también herencias con elementos internacionales y le asesoramos sobre la documentación extranjera y su legalización o apostilla cuando proceda.

Si necesita tramitar una declaración de herederos ab intestato o tiene cualquier duda, puede consultarnos sin compromiso.

¿Necesita una declaración de herederos ab intestato?
En nuestra notaría le asesoramos y tramitamos el acta con la seguridad jurídica que necesita.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el acta de herencia ab intestato?

Es una modalidad de acta de notoriedad que declara quiénes son los herederos legales de una persona fallecida sin testamento, conforme a la normativa aplicable.

¿Cuándo es necesaria?

Cuando el fallecido no ha otorgado testamento, ya que es la ley la que determina el orden de los herederos y deben declararse formalmente.

¿Qué normativa se aplica?

Depende de la vecindad civil del causante: puede aplicarse el Código Civil o el derecho civil propio de su comunidad autónoma, como el derecho civil catalán.

¿Qué documentación se suele aportar?

Habitualmente el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y la documentación que acredita el parentesco de los posibles herederos.

¿Para qué sirve después?

Es el paso previo a la aceptación y adjudicación de la herencia y a trámites como la inscripción de inmuebles o la liquidación de impuestos sucesorios.

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