En este artículo vamos a abordar con detalle el tema de la Jura de la Nacionalidad. Seguidamente realizaré una explicación genérica para después pasar a detallar cada uno de los puntos claves en este tema.

La jura de la nacionalidad en España es un procedimiento por el cual una persona que ha adquirido la nacionalidad española por residencia debe prestar juramento o promesa de fidelidad a España y a su Constitución ante una autoridad competente. La jura de la nacionalidad es un requisito necesario para completar el proceso de obtención de la nacionalidad española.

Cuando una persona ha cumplido con los requisitos legales para obtener la nacionalidad española por residencia, como residir legalmente en España durante un período determinado, demostrar integración en la sociedad española, entre otros, se le concede la nacionalidad por medio de una resolución administrativa. Una vez que se emite la resolución, el solicitante debe realizar la jura de la nacionalidad.

La jura de la nacionalidad generalmente se lleva a cabo ante un representante del Registro Civil o en un acto solemne en presencia de un juez o notario. Durante la ceremonia, el solicitante realiza una declaración en la que jura o promete fidelidad a España y a su Constitución, renunciando a su anterior nacionalidad si así lo establece la legislación aplicable.

La jura de la nacionalidad es un acto simbólico y legalmente vinculante que representa el compromiso de la persona naturalizada con su nueva nacionalidad y con los derechos y deberes que conlleva. Una vez completada la jura de la nacionalidad, la persona adquiere plenamente la nacionalidad española y goza de los mismos derechos y responsabilidades que los ciudadanos españoles por nacimiento.

Es importante destacar que los detalles y requisitos específicos para la jura de la nacionalidad pueden variar dependiendo de la legislación vigente en cada momento. Por lo tanto, es aconsejable consultar las leyes y regulaciones actualizadas o buscar asesoramiento legal para obtener información precisa y actualizada sobre el procedimiento de jura de la nacionalidad en España.

¿Qué es la jura de nacionalidad?

La Jura de Nacionalidad es la última fase del proceso de obtención de la nacionalidad española, que necesariamente debe formalizarse tras ser notificado de la resolución de concesión de nacionalidad por residencia, dictada por la Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

Se dispone de un máximo de 180 días (6 meses) desde la concesión de la nacionalidad para formalizar la Jura de Nacionalidad ante el Registro Civil del domicilio del interesado (que supone un plazo de espera más elevado) o ante el notario de su domicilio. Esta última posibilidad se introdujo con la reforma operada por la Ley 6/2021, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, y con ella se permite agilizar el trámite de concesión de la nacionalidad.

¿Qué documentación se necesita para formalizar la Jura de Nacionalidad?

La documentación que se requiere presentar se expone brevemente en la sección relativa a «documentos legales para actos y servicios notariales», y pasamos a detallarla a continuación:

  • Resolución favorable de la concesión de la nacionalidad española.
  • Pasaporte, que debe ser el original y estar en vigor.
  • Tarjeta de residencia, en vigor y original, o resguardo si estás en medio de una renovación.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Certificado de nacimiento, el mismo que se usó en la solicitud de nacionalidad.
  • Certificado de antecedentes penales usado en la solicitud, debidamente legalizado o apostillado y traducido.
  • Hoja declaratoria de datos, que recoge información básica como nombre, apellidos o lugar de nacimiento (se la proporcionamos en la propia notaría).

¿Cuándo y cómo solicitar el D.N.I y pasaporte español?

Una vez formalizada la Jura de Nacionalidad, el siguiente paso es remitir copia de la escritura al Registro Civil correspondiente para su inscripción. Desde la notaria nos encargamos de efectuar este trámite, sin necesidad de que el cliente deba acudir al Registro Civil en cuestión. Tras ello, el Registro Civil emitirá el certificado de nacimiento español, que certifica la ciudadanía española a todos los efectos. De modo que, obtenido el mismo, ya puede gestionarse el Documento Nacional de Identidad y pasaporte español en cualquier comisaría de policía de España.

Jura de nacionalidad y Elecciones

Sí, una persona que ha jurado la nacionalidad en España puede votar en las elecciones generales una vez que ha adquirido la ciudadanía española. El derecho al voto es uno de los derechos políticos fundamentales que se otorgan a los ciudadanos españoles, ya sea por nacimiento o por adquisición de la nacionalidad.

Una vez que una persona ha completado el proceso de obtención de la nacionalidad española y ha realizado la jura correspondiente, se le reconoce plenamente como ciudadano español y, por lo tanto, tiene derecho a participar en las elecciones generales y ejercer su derecho al voto.

El proceso electoral en España permite a los ciudadanos mayores de 18 años participar en la elección de los representantes políticos a nivel nacional, tanto en el Congreso de los Diputados como en el Senado. Los ciudadanos españoles, ya sean por nacimiento o por adquisición de la nacionalidad, tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso democrático mediante el voto.

Es importante tener en cuenta que, como en cualquier país, existen requisitos y plazos específicos para registrarse en el censo electoral y participar en las elecciones. Por lo tanto, una vez adquirida la nacionalidad, es recomendable informarse sobre los procedimientos y requisitos específicos para ejercer el derecho al voto en las elecciones generales en España.

Guía de la jura de nacionalidad española

La Jura de nacionalidad española es el acto que culmina un procedimiento administrativo que, en la mayoría de los casos, se ha prolongado durante varios años. Tras la concesión por residencia, este trámite se convierte en el paso decisivo para que la nacionalidad produzca plenos efectos jurídicos. Comprender su alcance, los requisitos formales y las consecuencias legales resulta esencial para evitar incidencias y completar correctamente el proceso.

Naturaleza jurídica y plazo para realizar la jura

La Jura de nacionalidad española no es un simple acto simbólico. Se trata de una declaración formal mediante la cual el interesado promete o jura fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y al ordenamiento jurídico español. Sin esta manifestación expresa de voluntad, la concesión administrativa no se perfecciona.

Una vez notificada la resolución favorable, el solicitante dispone, con carácter general, de un plazo de 180 días para realizar la jura. Si no se cumple este plazo, puede producirse la caducidad del expediente, lo que obligaría a reiniciar el procedimiento. Por ello, es fundamental actuar con diligencia tras recibir la notificación.

Documentación necesaria y aspectos prácticos

Para formalizar la jura es imprescindible aportar la resolución de concesión de nacionalidad, el NIE y el pasaporte en vigor. En algunos casos pueden requerirse certificados adicionales que acrediten correctamente los datos personales.

Durante el acto también puede plantearse la adaptación del nombre o del orden de los apellidos al sistema español, especialmente cuando el país de origen utiliza un modelo distinto. Esta decisión tiene efectos administrativos futuros —por ejemplo, en títulos académicos, escrituras públicas o contratos— por lo que conviene analizarla cuidadosamente antes de formalizarla.

La correcta revisión de la documentación y la coherencia de los datos personales evitan requerimientos posteriores por parte del Registro Civil.

Efectos posteriores a la jura

Es importante subrayar que la Jura de nacionalidad española no implica la obtención inmediata del DNI o del pasaporte. Una vez realizada la jura, debe practicarse la inscripción de nacimiento como español en el Registro Civil correspondiente.

Solo tras dicha inscripción se podrá solicitar la documentación identificativa española. Este último paso convierte la concesión administrativa en una realidad jurídica plena, permitiendo ejercer todos los derechos inherentes a la condición de ciudadano español.

Las nacionalidades que más juran la nacionalidad española en España y en Cataluña

La jura de nacionalidad española refleja fielmente la realidad demográfica del país. Según los datos oficiales de la Estadística de Adquisiciones de Nacionalidad Española por Residencia publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), que recogen las concesiones anuales por país de nacionalidad anterior y por comunidad autónoma de residencia, las nacionalidades más frecuentes entre quienes adquieren la nacionalidad —y posteriormente realizan la jura— coinciden con los colectivos extranjeros con mayor arraigo en España.

En el conjunto del Estado, las diez nacionalidades que con mayor frecuencia adquieren la nacionalidad española por residencia son:

Marruecos  42.910 (17%)
Venezuela  35.403 (14%)
Colombia  26.224 (10,4%)
Honduras   15.574  (6,2%)
Ecuador   10.871  (4,3%)
Perú   10.480  (4,1%)
República Dominicana    9.452   (3,7%)
Argentina    8.558   (3,4%)
Bolivia    8.385   (3,3%)
Cuba    8.045   (3,2%)

Estas nacionalidades concentran una parte muy significativa del total anual de concesiones. En el caso de los países iberoamericanos, el plazo reducido de residencia exigido por la legislación española —generalmente dos años— explica en buena medida su elevada presencia en las estadísticas oficiales del INE.

Jura de nacionalidad en Barcelona: nacionalidades más frecuentes

En la jura de nacionalidad en Barcelona, la tendencia es similar, aunque con determinados matices propios de la estructura migratoria del territorio. Los datos territoriales del Instituto Nacional de Estadística (INE), complementados por las series demográficas del Institut d’Estadística de Catalunya (Idescat), muestran que las nacionalidades que más frecuentemente adquieren la nacionalidad española en Cataluña se sitúan habitualmente entre las siguientes:

En Cataluña destaca especialmente el peso de la comunidad marroquí y pakistaní, con una presencia consolidada en numerosos municipios del área metropolitana de Barcelona. También es relevante el volumen de nacionales de países latinoamericanos que acceden a la nacionalidad española tras cumplir el plazo legal reducido de residencia.

Conviene precisar que la estadística se refiere a concesiones de nacionalidad, pero la jura constituye el acto posterior y necesario para culminar el procedimiento. Por tanto, las cifras oficiales publicadas por el INE y el Idescat permiten identificar con bastante precisión cuáles son los colectivos que con mayor frecuencia realizan la jura de nacionalidad en España y en Cataluña.

  • Marruecos

  • Honduras

  • Colombia

  • Pakistán

  • Venezuela

  • Ecuador

  • Bolivia

  • Perú

  • República Dominicana

  • Argentina

Preguntas frecuentes de Jura de nacionalidad


¿Cuánto tiempo tengo para realizar la jura de nacionalidad?:
Una vez notificada la concesión de la nacionalidad, el solicitante tiene un plazo de 180 días para realizar la jura o promesa de nacionalidad en el Registro Civil.

¿Dónde se realiza la jura de nacionalidad?:
La jura de nacionalidad se realiza generalmente en el Registro Civil del lugar de residencia del solicitante. En algunos casos, puede hacerse en notarías u otros lugares habilitados para ello.

¿La jura de nacionalidad tiene algún costo?:
La jura de nacionalidad en sí misma no suele tener un costo asociado, aunque pueden existir gastos administrativos relacionados con la obtención de certificados o la legalización de documentos.

¿Puedo realizar la jura de nacionalidad fuera de España?:
Sí, en algunos casos es posible realizar la jura en embajadas o consulados españoles en el extranjero, especialmente si el solicitante reside fuera de España.

¿Qué debo hacer después de realizar la jura de nacionalidad?:
Después de la jura, se debe solicitar el DNI y el pasaporte español en las oficinas correspondientes. También es importante actualizar los datos de nacionalidad en todos los registros y documentos personales.

¿Qué documentos necesito para la jura de nacionalidad?:
Normalmente se requiere el documento de identidad, el certificado de nacimiento, la resolución de concesión de nacionalidad y, en algunos casos, un certificado de empadronamiento reciente.

¿Qué es la jura de nacionalidad en España?:
La jura de nacionalidad es el acto mediante el cual un extranjero, tras haber obtenido la nacionalidad española, jura o promete fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y leyes españolas. Es un paso obligatorio para que la concesión de nacionalidad sea efectiva.

¿Qué pasa si no realizo la jura de nacionalidad en el plazo establecido?:
Si no se realiza la jura en el plazo de 180 días, la concesión de la nacionalidad puede quedar sin efecto, y se deberá iniciar el proceso nuevamente.

¿Qué significa jurar fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución?:
Jurar fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución implica comprometerse a respetar y cumplir las leyes de España y a ser leal al sistema constitucional y a la figura del Rey como jefe del Estado.

¿Quiénes deben realizar la jura de nacionalidad?:
Todos los extranjeros que hayan obtenido la nacionalidad española por residencia, matrimonio, opción o cualquier otro procedimiento legal deben realizar la jura o promesa ante la Constitución y el Rey de España.


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