¿Quién se considera extranjero en España

Residencia Legal y la Distinción entre Nacionales de la UE y no UE (Caso Británicos)

En una sociedad cada vez más globalizada, donde miles de personas se desplazan cada año por razones laborales, familiares o personales, comprender quién se considera extranjero en España es esencial. Este post, redactado por el notario Antonio Bosch, tiene como objetivo explicar de forma clara y comprensible el concepto de extranjero en el ordenamiento jurídico español, las distintas categorías de residencia y las diferencias clave entre ciudadanos de la Unión Europea y de terceros países. También se analiza con detalle el caso particular del Reino Unido tras su salida de la Unión
Europea (Brexit).

Tipos de Regímenes Jurídicos

La legislación española no aplica un único marco legal a todos los extranjeros. Existen diferentes regímenes jurídicos en función del origen de la persona o sus circunstancias personales. Esta diversidad se traduce en distintos derechos, requisitos y formas de acceso a la residencia.
1. Derecho de Libre Circulación (Régimen Comunitario)
Este régimen se aplica a:
○ Ciudadanos de la Unión Europea (UE).
○ Ciudadanos del Espacio Económico Europeo (EEE) y Suiza.
○ Familiares de todos ellos, con independencia de su nacionalidad.

2. Las personas amparadas por este régimen tienen derecho a entrar y salir de España libremente, circular por el país, residir en él y trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. Es un régimen más flexible y con menos requisitos burocráticos.

3. Protección Internacional, Apátridas y Desplazados
Este régimen protege a personas que se encuentran en situaciones de especial vulnerabilidad:
○ Solicitantes de asilo político o protección subsidiaria.
○ Personas apátridas (sin nacionalidad reconocida).
○ Desplazados por conflictos armados u otras crisis humanitarias.

4. Estas personas pueden acogerse a programas de ayuda y recibir permisos especiales de residencia y trabajo.

5. Régimen General de Extranjería
Este es el régimen que se aplica por defecto a los nacionales de terceros países que no encajan en las categorías anteriores. Requiere autorizaciones específicas de residencia y trabajo, y establece requisitos más estrictos para permanecer legalmente en España.

6. Familiares de Personas con Nacionalidad Española
La normativa contempla una regulación específica para los familiares extranjeros de ciudadanos españoles, permitiéndoles residir y trabajar legalmente en el país.

7. Menores Extranjeros
Hay una normativa especial para menores extranjeros:
○ Acompañados: Viven con sus padres o tutores legales.
○ No acompañados: En situación de tutela de los servicios sociales.

8. En ambos casos, se garantiza la protección del menor y su derecho a la educación y la asistencia sanitaria.

9. Nacionales de Tercer Estado en Situación Irregular
Aunque se encuentren en situación irregular, pueden acceder a una autorización de residencia por circunstancias excepcionales, tales como:
○ Arraigo social, laboral o familiar.
○ Razones humanitarias (por enfermedad, persecución en su país de origen, etc.).

10. Movilidad Internacional (Ley 14/2013)
Esta ley facilita la entrada y permanencia de ciertos perfiles de interés económico para España, como:
○ Emprendedores.
○ Profesionales altamente cualificados.
○ Investigadores.
○ Personal trasladado dentro de una misma empresa.
○ Teletrabajadores internacionales (nómadas digitales).

11. Se trata de un régimen moderno, adaptado a las necesidades de una economía globalizada.

Situaciones Administrativas en España (según RD 1155/2024, art. 47)

La normativa española establece distintas situaciones administrativas que determinan los derechos de la persona extranjera en función del tiempo y el propósito de su estancia:
● Estancia:
○ Corta duración: Hasta 90 días, normalmente para turismo, negocios o visitas.
○ Larga duración sin residencia: Casos como estudiantes o voluntarios, sin derecho a obtener nacionalidad por tiempo de estancia.

● Residencia:
○ Temporal: Más de 90 días y menos de 5 años. Requiere autorizaciones específicas que pueden ser:
■ Por reagrupación familiar.
■ Para trabajo por cuenta ajena o propia.
■ No lucrativa (sin ejercer actividad laboral).
○ Larga duración: Más de 5 años. Permite residir y trabajar en España en igualdad de condiciones que un ciudadano español.

● Tránsito aeroportuario:
Algunos nacionales necesitan un visado especial incluso para transitar por la zona internacional de un aeropuerto español.

El Caso de los Nacionales Británicos

El Reino Unido dejó de formar parte de la Unión Europea el 1 de febrero de 2020, lo que supuso un cambio radical en la situación legal de sus ciudadanos en España.
● Durante 2020 se aplicó un período transitorio que mantenía los derechos de residencia, circulación y trabajo.
● A partir del 1 de enero de 2021, los británicos dejaron de beneficiarse de la libre circulación y se convirtieron en nacionales de terceros países.
Esto significa que:
○ Quienes llegaron a España antes del 1 de enero de 2021 y están inscritos en el Registro de ciudadanos de la UE, pueden acogerse al Acuerdo de Retirada.
○ Quienes llegaron después de esa fecha deben regirse por:
■ El Régimen General de Extranjería, o

■ El régimen de Movilidad Internacional si cumplen los requisitos de la Ley 14/2013.

Este cambio ha afectado tanto a trabajadores como a jubilados británicos residentes en España, que ahora deben solicitar permisos específicos de residencia y trabajo, con mayores requisitos documentales y plazos más estrictos.

Antonio Bosch Carrera, notario en Barcelona, cuenta con más de 40 años de experiencia en el ámbito jurídico, y es profesor universitario y mediador registrado. Su conocimiento especializado en extranjería, sucesiones y patrimonio familiar permite abordar estos temas con rigor, pero también con la claridad que necesitan las personas que buscan orientación práctica.

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