Este artículo, escrito por el notario Antonio Bosch, abordará el marco normativo que regula la situación de los extranjeros en España.
Leyes relativas a la situación de los extranjeros en España
Se centrará en las leyes clave que establecen las condiciones de entrada, permanencia, derechos, y salida del territorio español.
- Régimen General de Extranjería: LO 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y el RD 1155/2024 que desarrolla dicha ley.
- Protección de la Seguridad Ciudadana: LO 4/2015, que regula la documentación e identificación de los ciudadanos.
- Protección Internacional: L 12/2009 reguladora del derecho de asilo y protección subsidiaria, y el RD 203/1995 de aplicación de la ley de asilo. A partir de junio de 2026, se aplicarán los Reglamentos y Directivas de la UE de protección internacional.
- Movilidad Internacional: L 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, especialmente relevante para figuras como emprendedores, profesionales altamente cualificados, investigadores, y teletrabajadores.
Derechos y Libertades de los Extranjeros en España
En este apartado exploraremos los derechos fundamentales y libertades que asisten a las personas extranjeras en España, haciendo distinciones según su situación administrativa y nacionalidad.
- Clasificación de Derechos (según el Tribunal Constitucional):
- Derechos que no pertenecen a los extranjeros (principalmente políticos, salvo sufragio municipal bajo reciprocidad).
- Derechos que corresponden por igual a españoles y extranjeros (vinculados a la dignidad humana, como vida, integridad física, intimidad, libertad ideológica, religiosa y de culto).
- Derechos que pertenecen o no a los extranjeros según tratados y leyes (pueden requerir estancia o residencia legal, como trabajo, seguridad social, libertad de circulación transfronteriza y residencia interna).
- Derechos específicos reconocidos por la LO 4/2000 a todos los extranjeros (independientemente de su situación administrativa):
- Documentación.
- Asistencia sanitaria.
- Educación (universal, obligatoria hasta los 16 años; no obligatoria con condiciones).
- Servicios sociales básicos.
- Tutela judicial efectiva y asistencia jurídica gratuita.
- No discriminación.
- Libertad personal y seguridad.
- Huelga y asociación.
- Derecho de recurso contra actos administrativos.
- Acceso a la información.
- Derechos laborales: Difieren para regulares e irregulares. Los regulares tienen derecho al trabajo con autorización y acceso a la Seguridad Social. Los irregulares no pueden celebrar contratos de trabajo, pero tienen derechos laborales y de Seguridad Social en casos como accidentes de trabajo o enfermedad profesional.
- Derechos económicos y sociales: Incluyen protección de la salud y asistencia sanitaria, acceso a ayudas de vivienda (para residentes), y acceso a prestaciones y servicios de la Seguridad Social según su situación (regular o irregular).
Deberes: Los extranjeros con residencia física en España tienen el deber de pagar los mismos impuestos que los españoles.

Antonio Bosch Carrera. Notario en Notaría Bosch Barcelona desde 1.991. Profesor de la UIC Barcelona desde el año 2000. Mediador certificado, especialista en conciliación notarial.

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