Vender mi parte de la herencia

En muchas herencias, los bienes y derechos del fallecido pasan a manos de varios herederos al mismo tiempo. Es habitual que esto ocurra cuando hay varios hijos, hermanos o familiares con derecho a heredar. En estos casos, los herederos pasan a ser copropietarios de los bienes heredados, y es frecuente que alguno de ellos desee vender su parte. Las razones pueden ser diversas: falta de interés, necesidad económica, imposibilidad de gestionar el bien, o simplemente la voluntad de desvincularse.

Este tipo de situaciones genera dudas legales y administrativas, sobre todo cuando no hay acuerdo entre las partes. En estos casos, es recomendable acudir al notario para recibir orientación sobre los pasos a seguir, los derechos que asisten a cada heredero y las opciones legales disponibles para resolver el conflicto sin necesidad de llegar a juicio. En este artículo explicaremos todo que implica vender parte de la herencia y otros conceptos relacionados. Si tiene dudas sobre estos temas, puede consultar al notario antes de tomar una decisión.

Vender la herencia yacente

La herencia yacente es aquella que todavía no ha sido aceptada por los herederos. Se trata de una situación provisional en la que el patrimonio del fallecido está a la espera de ser adjudicado. Aunque pueda parecer extraño, hay casos en los que una persona interesada en deshacerse de su parte intenta vender la herencia yacente antes de haberla aceptado formalmente.

Desde el punto de vista legal, un heredero no puede vender directamente la herencia mientras esté yacente; lo primero que debe hacer es aceptarla. La aceptación puede ser expresa o tácita, pero es un paso imprescindible para que se adquiera la condición plena de heredero. Solo una vez aceptada, el heredero puede vender derechos de herencia o su cuota correspondiente.

En cualquier caso, esta venta implica que el comprador asume tanto los bienes como las posibles deudas del patrimonio hereditario. Por ello, suele ser un proceso complejo que requiere asesoramiento notarial y, en muchos casos, también jurídico.

Vender una propiedad sin aceptar la herencia

En algunos casos, los herederos quieren vender un inmueble del fallecido sin haber realizado todavía los trámites de aceptación de herencia. Sin embargo, no es posible formalizar la venta hasta que el bien figure legalmente a nombre de los herederos.

Es decir, si una persona desea vender una propiedad sin aceptar la herencia, el paso previo será siempre la aceptación y adjudicación de la misma. El notario puede preparar una escritura de aceptación y partición de herencia, que se inscribirá en el Registro de la Propiedad. Solo a partir de ese momento los herederos podrán disponer legalmente del bien, ya sea para venderlo o para realizar cualquier otra gestión.

Intentar vender un inmueble sin haberlo adjudicado puede generar problemas legales y retrasos en la operación. Por eso es recomendable resolver primero la situación jurídica del bien con asesoramiento profesional.

Repartir la herencia de un piso si una parte no quiere vender

Una de las situaciones más frecuentes es cuando varios herederos comparten un piso y uno de ellos se opone a la venta. Esta falta de acuerdo impide tomar decisiones, ya que la mayoría de acciones sobre un bien común requieren unanimidad.

¿Qué hacer si uno o más herederos quieren repartir la herencia de un piso si una parte no quiere vender? En estos casos, hay dos vías principales:

  • Negociación y acuerdo: lo ideal es que los herederos lleguen a un acuerdo para repartir los bienes o que uno compre la parte del otro. Se puede hacer una compensación económica o incluso adjudicar otros bienes equivalentes.

  • Extinción de condominio: si no hay acuerdo, cualquier copropietario puede acudir al juzgado para solicitar la disolución de la comunidad de bienes. El procedimiento puede terminar en subasta judicial, lo que a menudo supone una pérdida económica para todos.

El notario puede ser de gran ayuda para intentar mediar y plantear alternativas extrajudiciales que eviten conflictos mayores.

Vender herencia sin acuerdo

Vender herencia sin acuerdo entre todos los herederos es complicado, pero no imposible. Cada heredero tiene derecho a vender derechos de herencia, es decir, su participación indivisa sobre el conjunto del patrimonio hereditario, aunque sin adjudicación concreta de bienes.

Esta opción tiene importantes implicaciones: el comprador adquirirá solo una parte de los derechos hereditarios, sin saber exactamente qué bienes le corresponderán en un eventual reparto. Por ello, es una opción poco atractiva para la mayoría de compradores.

Además, este tipo de ventas puede tensar aún más la relación entre herederos y dificultar futuras gestiones. La mejor solución sigue siendo el acuerdo, y para ello el notario puede actuar como figura neutral que oriente hacia una salida justa y legal.

Por lo tanto, cuando hay una herencia compartida, vender derechos de herencia o una parte concreta por parte de uno de los herederos es posible, pero depende de varios factores: aceptación previa, tipo de bienes, existencia de acuerdo entre las partes y disposición del resto de herederos. Consultar a un notario es el primer paso recomendable para entender los derechos y evitar errores que puedan tener consecuencias legales o económicas graves.