¿Quieres formalizar una pareja de hecho en Barcelona ante un notario?
Te explicamos lo necesario para las parejas de hecho
Conoce toda la documentación que se necesita para realizar el trámite ante notario que permite registrar una pareja de hecho en Barcelona (Cataluña).
Como notarios con más de 30 años de experiencia, en la Notaría Bosch de Barcelona te podemos ofrecer este servicio adecuado a tus necesidades e informarte de todos los aspectos relacionados con este tipo de trámite notarial.
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Precio de pareja de hecho ante notario
El precio para hacerse pareja de hecho ante notario es de unos 140€ aproximadamente. Este importe incluye la escritura de constitución en pareja de hecho más la inscripción telemática en el Registre de Parelles Estables de la Generalitat de Catalunya.
Qué es una pareja de hecho
Una pareja de hecho en España es cuando dos personas deciden vivir juntas en una relación seria y estable, similar a un matrimonio, pero sin casarse formalmente. No es necesario que sean del mismo sexo.
Para ser reconocidos como pareja de hecho, deben registrarse en un registro especial en su comunidad autónoma, que es como una región o provincia en España. Este registro les da algunos derechos parecidos a los del matrimonio, como beneficios en temas de herencia, impuestos y asistencia sanitaria.
Sin embargo, no todos los derechos son iguales a los del matrimonio y pueden variar mucho de una comunidad autónoma a otra. Registrarse como pareja de hecho puede ser un proceso útil para parejas que quieren oficializar su relación sin pasar por el matrimonio, obteniendo ciertas protecciones legales y beneficios.
Pareja de hecho en Barcelona
En Barcelona, como en el resto de Cataluña, las parejas de hecho tienen características especiales que les permiten disfrutar de ciertos derechos parecidos a los del matrimonio. Para formar una pareja de hecho, dos personas deben registrarse en el Registro de Parejas Estables de Cataluña.
Esto se puede hacer si han vivido juntos por más de dos años, tienen un hijo en común, o firman un acuerdo especial de convivencia. Una vez registrados, obtienen derechos en áreas como la herencia, donde pueden heredar de su pareja sin estar casados, y en asuntos de salud, como poder tomar decisiones médicas por el otro en caso de incapacidad. También tienen consideraciones en el ámbito fiscal y de seguridad social.
Sin embargo, hay diferencias con el matrimonio, especialmente en cómo se reparten los bienes si la pareja se separa y en la adopción, donde pueden enfrentar más limitaciones. Es importante que cada pareja se informe bien, ya que estas características pueden cambiar con nuevas leyes y varían según la comunidad autónoma.
La Notaría Bosch tiene un equipo en el centro de Barcelona con más de 20 personas que ofrecen a sus cliente el catálogo completo de servicio notariales que pueda requerir cualquier persona, empresa o entidad.
Especializados y con una amplia experiencia contrastada en los aspectos más complejos como las herencias, testamentos, escrituras hipotecarias, etc. No dudes en pedir cita si tienes cualquier necesidad.
Documentación para formalizar una pareja de hecho
Para registrar una pareja de hecho en Barcelona, es necesario preparar una serie de documentos y cumplir con ciertos requisitos administrativos. Este trámite permite a las parejas que conviven de manera estable obtener un reconocimiento legal similar al del matrimonio en algunos aspectos, como derechos de herencia, asistencia sanitaria o pensiones, dependiendo de la normativa aplicable.
La documentación específica puede variar ligeramente según las actualizaciones en la legislación o las políticas locales, por lo que es recomendable consultar siempre con el Registro de Parejas Estables de Cataluña antes de iniciar el proceso. No obstante, los documentos generalmente requeridos incluyen:
1. Documentos de identidad
- DNI, NIE o Pasaporte: Cada miembro de la pareja debe presentar un documento de identidad válido y en vigor. En el caso de ciudadanos extranjeros, el NIE (Número de Identidad de Extranjero) será esencial para realizar el trámite en España.
2. Certificado de empadronamiento
- Documento que acredita que ambos miembros residen en el mismo domicilio en Barcelona.
- Generalmente, se exige que este certificado refleje un período mínimo de convivencia, que puede ser de uno o dos años, dependiendo del ayuntamiento.
- Puede solicitarse en la oficina municipal de empadronamiento o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Barcelona.
3. Declaración jurada o escritura pública de constitución de pareja de hecho
- Se trata de un documento en el que ambos miembros afirman su voluntad de constituirse como pareja de hecho y su situación de convivencia estable.
- Puede realizarse de dos maneras:
- Mediante una declaración jurada firmada por ambos miembros y presentada ante el Registro de Parejas Estables.
- Mediante una escritura pública ante notario, que ofrece mayor seguridad jurídica y puede facilitar ciertos trámites futuros, como la gestión de bienes en común o derechos hereditarios.
4. Certificado de estado civil
- Documento que acredita que ninguno de los miembros está casado ni en otra pareja de hecho.
- Dependiendo de la situación de cada persona, se solicitará uno de los siguientes documentos:
- Certificado de soltería, si nunca ha estado casado.
- Certificado de divorcio o sentencia de nulidad matrimonial, si estuvo casado anteriormente.
- Certificado de viudedad, en caso de haber enviudado.
Este documento se puede obtener en el Registro Civil correspondiente al lugar de nacimiento o, en el caso de ciudadanos extranjeros, en su país de origen (legalizado y traducido si es necesario).
5. Certificado de Registro de Parejas de Hecho (si aplica)
- Si alguno de los miembros ha estado inscrito previamente en otro registro de parejas de hecho, fuera de Cataluña, deberá aportar un certificado de cancelación de esa inscripción.
- Este documento es importante para acreditar que no existe otra unión legal previa vigente.
6. Documentos adicionales que pueden ser requeridos
Dependiendo de la situación de la pareja y de las regulaciones vigentes, se pueden solicitar documentos adicionales, como:
-
- Contrato de convivencia (opcional): Documento en el que la pareja regula los aspectos económicos y patrimoniales de su unión, similar a un acuerdo prematrimonial.
- Justificante de pago de tasas administrativas, en caso de que el ayuntamiento o el registro correspondiente exijan una tarifa para la inscripción.
Procedimiento para registrar una pareja de hecho
El procedimiento para inscribirse como pareja de hecho varía según la comunidad autónoma. A continuación, describimos los pasos generales que deben seguirse:
Reunir la documentación: Asegúrate de tener todos los documentos necesarios antes de iniciar el trámite. Esto incluye la identificación, el certificado de empadronamiento, y cualquier otra documentación exigida por la legislación autonómica.
Presentar la solicitud: La solicitud de inscripción debe presentarse en el registro de parejas de hecho de la comunidad autónoma, ayuntamiento o notaría correspondiente. Algunos lugares permiten hacer este trámite online, mientras que en otros es necesario acudir en persona.
Firma de la declaración de voluntad: En algunos casos, es necesario firmar una declaración conjunta ante notario o en el registro civil en la que ambos miembros expresan su deseo de constituirse como pareja de hecho.
Esperar la resolución: Una vez presentada la solicitud, el registro analizará la documentación y emitirá una resolución que oficializa el estatus de pareja de hecho. Este proceso puede tardar varias semanas.
Beneficios y obligaciones de ser pareja de hecho
Ser pareja de hecho confiere una serie de derechos similares a los del matrimonio, aunque estos pueden variar dependiendo de la comunidad autónoma. Algunos de los beneficios más comunes incluyen:
- Derecho a heredar en ausencia de testamento (en algunas comunidades).
- Acceso a pensión de viudedad si uno de los miembros fallece.
- Derecho a la asistencia sanitaria como beneficiario del sistema de salud del otro miembro.
- Posibilidad de adoptar en conjunto en algunas comunidades.
Sin embargo, también es importante tener en cuenta que, a diferencia del matrimonio, no existe un régimen económico establecido por defecto, por lo que las parejas de hecho deben definir sus acuerdos financieros de forma explícita.
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¿Cuál es la opción más adecuada, unirse en matrimonio o formar una pareja de hecho? Te presentamos cuatro distinciones clave entre el matrimonio y la pareja de hecho para ayudarte a decidir cuál de estas formas de unión se ajusta mejor a tu situación.
Cuando las parejas consideran dar un paso importante en su relación, a menudo se preguntan si es preferible casarse o formar una pareja de hecho.
La elección depende de las necesidades individuales y de lo que cada uno espera de la unión afectiva. Legalmente, ambos tipos de unión son reconocidos jurídicamente como la coexistencia libre, estable y oficial de dos personas, sin importar su género.
Para formalizar un matrimonio, basta con contraer matrimonio. En cambio, para que una pareja de hecho sea reconocida legalmente y goce de ciertos derechos, es necesario cumplir con varios requisitos: vivir juntos durante al menos seis meses, y estar soltero, divorciado o viudo.
Diferencias entre matrimonio y parejas de hecho
- Normativa legal: Mientras el matrimonio se rige por una ley a nivel nacional en España, la regulación de las parejas de hecho varía según la comunidad autónoma, lo que puede resultar en diferentes derechos dependiendo del lugar de residencia.
- Requisitos de formalización: Para casarse, se necesita el consentimiento mutuo, una identificación legal y la presencia de dos testigos. Las parejas de hecho, además del consentimiento y los testigos, deben demostrar una convivencia continua y pública de al menos un año. Este periodo puede variar en algunas comunidades autónomas.
- Régimen económico: Las parejas casadas tienen establecido automáticamente un régimen económico que pueden elegir entre varios modelos. Las parejas de hecho, por otro lado, deben definir su régimen económico a través de trámites notariales. Además, solo las parejas casadas pueden presentar la declaración de la renta de manera conjunta.
- Disolución de la unión: El proceso de disolución varía significativamente; mientras que el matrimonio puede disolverse a partir de los tres meses mediante un proceso de separación o divorcio, la pareja de hecho puede disolverse tras seis meses de convivencia o si uno de los miembros contrae matrimonio con otra persona.
En cuanto a los hijos, recientemente se han igualado los derechos y responsabilidades de padres casados y de hecho en relación a sus hijos. En caso de separación, las decisiones sobre custodia y otros aspectos se tomarán durante el proceso de divorcio o a través de medidas paternofiliales, respectivamente, siempre bajo la aprobación judicial.
Aspectos económicos en separaciones y fallecimientos
- Matrimonio: Se puede solicitar una pensión compensatoria en caso de separación o divorcio, y se tiene derecho a la pensión de viudedad tras el fallecimiento del cónyuge, sin importar la duración del matrimonio. También se otorga el derecho de usufructo.
- Pareja de hecho: La pensión compensatoria no es automática y requiere de un procedimiento civil. Para recibir la pensión de viudedad es necesario estar registrado durante al menos dos años y haber convivido cinco años. En cuanto a la herencia, es imprescindible un testamento que favorezca a la pareja.
- Vacaciones: Las personas casadas tienen derecho a 15 días de vacaciones por matrimonio, derecho que no se extiende a las parejas de hecho.
Jornada en el Colegio Notarial de Andalucía en Sevilla
El notario de Barcelona Antoni Bosch y la y doctora de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, Cristina Blasco nos aclaran cuestiones sobre lo que significa el término Parejas de Hecho. Su intervención ha tenido lugar durante la jornada realizada por la Cátedra de Derecho Notarial y que se desarrolló en la sede del Colegio Notarial de Andalucía en Sevilla.
Parejas de hecho: Cuando el amor no necesita papeles, pero la vida diaria sí
La atracción y el amor son dos temas que se requieren para la conservación de la convivencia entre una pareja, pero esto no certifica la obtención de seguridad jurídica, por lo que se recomienda que al momento de decidir compartir la vida se deba planificar como se conservaran los derechos y deberes ante cualquier procedimiento administrativo y/o judicial.
Es importante mencionar que la pareja de hecho se conoce como un criterio jurídico que es un poco impreciso y que cuenta con variaciones según cada una de las autonomías, pero puede ser definido como una alianza estable entre dos personas que cohabitan de manera libre, pública y notoria.
Además, para su conservación debe existir un tiempo determinado y un lazo afectivo bastante parecido al de un matrimonio, a la vez que buscan percibir una serie derechos similares a los que tienen las parejas casadas.
Aunque, este último aspecto no se encuentra especificado. Según Antoni Bosch, existe la ausencia de una política familiar que delimite un modelo extenso de convivencia.
Disertación sobre las Parejas de Hecho
Antoni Bosch es un notario de Barcelona que realizó una disertación durante la jornada celebrada por la Cátedra de Derecho Notarial. Su intervención se desarrolló en la sede del Colegio Notarial de Andalucía en Sevilla.
Ésta contó con un estudio sociológico en donde se evaluó a la pareja de hecho según la data con la cuentan los notarios, se observó que en el año de 2019 las notarías españolas lograron legalizar 161.389 matrimonios y 21.458 parejas de hecho.
Mientras que, en el 2016 fueron 161.023 matrimonios y únicamente 5.921 parejas de hecho, logrando llegar a la conclusión que ha surgido una propensión al empleo de la imagen de parejas de hecho para poder reagrupar a aquellas parejas de ciudadanos no europeos de una manera más sencilla.
Esto se ha originado como resultado de la imposibilidad que tienen los notarios para proceder cuando existe algún indicativo de fraude. Por ejemplo como cuando se realiza el expediente matrimonial, donde hay la opción de impedimento por el propio notario.
¿En qué se basa la disparidad territorial de criterios?
De cualquier forma, Antonio Bosch ha resaltado la existencia de la inseguridad jurídica en este tema, ya que los legisladores deben preguntarse si se requiere contar con una forma de convivencia igualitaria acorde a los requisitos habituales que existen en todo el territorio español.
Las derivaciones de la pareja de hecho son distintos según la región. También el tiempo de convivencia requerido. Éste puede ir desde los seis meses en algunas comunidades autónomas, hasta los 24 meses de otras.
Afectando absolutamente a la seguridad jurídica de la pareja, pudiendo generar graves consecuencias al momento de los derechos sucesorios. Además de los efectos que se originan cuando existe la separación de la pareja.
Las Parejas de Hecho no están inscritas en el Registro Civil
Otro gran problema es que no existe un instrumento que regule los registros de las parejas de hecho. Éstas no se encuentran inscritas en el Registro Civil, por lo que una persona puede tener diversas parejas en cualquier lugar de España y es ilegal ser bígamo en España.
Antoni Bosch plantea disponer en España un modelo muy parecido al francés. En el mismo se hace un Pacto Civil de Solidaridad. Es decir es un contrato que se realiza entre dos personas, del mismo o distinto sexo para legalizar la vida en común y se firma en presencia de un tribunal de instancia de la zona de residencia de la pareja y se asienta en un registro civil común de todo el país.
¿Qué sucede cuando fallece un miembro de la pareja?
Cuando existen parejas de hecho la muerte de uno de sus miembros puede generar un problema económico, ya que en los matrimonios no se solicita un período de tiempo para adherirse a la pensión de viudedad.
Pero, a las parejas de hecho se le solicitan al viudo o la viuda requisitos más prohibitivos. Como por ejemplo:
- Que la relación cuente con un mínimo de cinco años,
- Que se encuentre suscrita en el registro de parejas de hecho o formalizado por medio de algún documento público
- Y que cualquiera de los dos trámites se encuentren efectuados dos años antes del fallecimiento de la pareja.
Además, el viudo debe comprobar que cuenta con una relación de dependencia económica con la persona que falleció o que la otra parte de la pareja se encuentra en situación de precariedad. Este requerimiento no se le solicita a los matrimonios en cuando muere alguno de los cónyuges.
Originando como resultado que se generen condiciones más restrictivas del derecho a las parejas de hecho, generando como resultado situaciones kafkianas que se han corregido gracias a sentencias del Supremo.
Sentencia del 14 de octubre del 2020
Entre éstas se encuentran las víctimas de violencia de género que no pueden solicitar la pensión de viudedad porque se les requiere que convivan con su agresor durante, un mínimo de cinco años, por lo que el Supremo realizó la corrección en sentencia generada el 14 de octubre de 2020.
Entre las últimas sentencias con respecto a este tema, se encuentra la realizada en junio de 2021, por el alto tribunal para poder proporcionar la pensión de viudedad a uno de los integrantes de una pareja de hecho que no fue legalizada y contaban con 30 años de convivencia.
Por lo que el Supremo discurrió como datos para comprobar la convivencia estable, una casa que fue comprada a medias, los tres hijos que tuvieron en común, el libro de familia y las declaraciones del IRPF de años anteriores, todos esto ya que no contaban con el registro realizado en documentos oficiales.
¿Es la pareja de hecho regulada en Cataluña y en otras CCAA una institución segura?
La pareja de hecho es una forma de convivencia usual. En este blog hemos sostenido que las parejas de hecho no formalizadas en escritura pública, es decir, las basadas en la mera convivencia suelen plantear problemas de seguridad jurídica. Estos problemas se resuelven formalizando ante notario la situación convivencial o bien contrayendo matrimonio.
Un ejemplo de la inseguridad que tiene la convivencia de hecho es la que se pone en evidencia en la Sentencia de la Audiencia de Barcelona de 12 de diciembre de 2022. Los hechos son los siguientes. Don Valentín tuvo una relación sentimental con Doña Leocadia desde el año 2012 hasta que falleció el 12 de junio de 2017. Don Valentín tenía 4 hermanos vivos, y dos sobrinos, hijos de un hermano que le premurió. Según el artículo 442-3-2 del CCCat a la defunción de una persona sin hijos ni descendientes se defiere la herencia -pasa- a su cónyuge o al “conviviente en pareja estable superviviente”. Después aceptaron la herencia y se adjudicaron los bienes de Valentín.
Al fallecer don Valentín, los hermanos instaron acta de notoriedad en defecto de testamento y fueron declarados herederos los hermanos y los sobrinos, obviando la existencia de una pareja de hecho. La pareja interpone demanda contra los hermanos y sobrinos reclamando la herencia y alega que es una pareja de hecho aunque no tiene ningún papel que lo demuestre.
En primera instancia, la pareja obtuvo sentencia a su favor al declararse que se probó la convivencia por más de dos años y que existía entre ellos una relación de afectividad análoga al matrimonio. El Juez condenó a los hermanos y a los sobrinos a restituir todo lo “heredado” de su hermano y tío.
Los hermanos apelaron la sentencia, pero la Audiencia Provincial de Barcelona sostuvo la sentencia de primera instancia dando la razón a la pareja y condenando al pago de las costas a los hermanos.
Conclusión:
Este es un ejemplo de cómo una situación basada en los hechos, la convivencia, y una apariencia análoga al matrimonio puede trastocar toda una sucesión.
Anexo:
Para probar la convivencia de una pareja de hecho en Barcelona o en Cataluña se puede recurrir a los siguientes documentos y acciones: Certificado de Empadronamiento Conjunto; Contrato de Alquiler o Escritura de Propiedad Conjunta; Cuentas Bancarias Conjuntas; Facturas a Nombre de Ambos; Testigos; Documentación de Seguros; Documentación Familiar Común y Registro de Parejas de Hecho.
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Preguntas frecuentes de Pareja de hecho
La pareja, en la unión de hecho, deben llevar conviviendo de uno a dos años de convivencia, El plazo depende de la Comunidad Autónoma en la que se inscriban.
Tienen los mismos derechos y obligaciones que los matrimonios en todo lo relacionado con guarda y custodia, visitas, pensión alimenticia y otros acuerdos. En cuanto a la pensión compensatoria depende de la comunidad autónoma en la que se resida y su normativa al respecto.
En el matrimonio, los cónyuges tienen determinado legalmente su régimen económico matrimonial: gananciales, separación de bienes o partición. Sin embargo, en la pareja de hecho no existe ningún régimen económico matrimonial de los regulados en el Código Civil.
La inscripción en el registro como pareja de hecho no causa efectos jurídicos en sus miembros como lo hace el matrimonio.
Tiene la acreditación de la principal entidad pública registral del país. Garantiza el ejercicio de derechos que sean consecuencia de la unión de hecho. Evitar fraudes por doble registro de unión de hecho.
Al registrarse como pareja de hecho, las parejas obtienen derechos legales similares a los del matrimonio en aspectos como herencia, pensiones y asistencia sanitaria. Esto es crucial para asegurar la protección y el bienestar mutuo
Algunas de las ventajas son derecho a tener permisos laborales, más facilidades para adoptar, derecho a una pensión compensatoria, reducciones de impuestos, asistencia sanitaria y pensión de viudedad.
Ser pareja de hecho no te da derecho a heredar. El derecho se da en el testamento, si tu pareja muere sin testamento, no heredas nada. El Código Civil no regula a los integrantes de las parejas de hecho como uno de los herederos forzosos cuando fallece el otro, a diferencia de lo que hace con las personas casadas.
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